Algunas pildoritas sobre la CEDAW

La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW)

Preámbulo “a pesar de los instrumentos jurídicos existentes que consagran la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, la discriminación contra la mujer sigue existiendo en todas las sociedades y se reafirma que ésta atenta contra la dignidad humana y obstaculiza el bienestar de la sociedad y la familia”.

¿Qué es?

Es un instrumento universal que se refiere específicamente a los derechos de las mujeres. Adoptada por las Naciones Unidas en 1979, la Convención entró en vigor 1981. Actualmente está ratificada por 187 países; España se ratifica en 1984 y la publicó en el BOE el 21.04.1984 y el Protocolo en el 2001.

La Convención promueve un modelo de “igualdad sustantiva” que comprende igualdad de oportunidades, igualdad de acceso a las oportunidades e igualdad de resultado. Para ello los Estados deben promover medidas de “Acción afirmativas” temporales, si es el caso, y prohibir la discriminación en todas las esferas, pública o privada, de la vida.

Obliga a los Estados a respetar, proteger y garantizar los derechos de las mujeres, ampliando la responsabilidad estatal a actos que cometen personas privadas, empresas o instituciones no estatales. Reconoce que la cultura y las tradiciones, en ocasiones, perpetúan la discriminación hacia la mujer. Pero en la convención, el argumento sobre el relativismo cultural queda relegado y obliga a los Estados a eliminar los estereotipos en los roles de hombres y mujeres.

¿Qué es el El Protocolo Facultativo de la CEDAW?

Un instrumento jurídico vinculante que establece los mínimos de exigibilidad y equiparó la CEDAW con otros instrumentos internacionales de Derechos Humanos, aunque como en los otros instrumentos, los Estados pueden expresar reservas.

El protocolo brinda garantías frente al incumplimiento por los Estados que ratifican la CEDAW, expresando los procedimientos pertinentes, para pasar de la declaración de buenas intenciones a mecanismos de protección y garantías jurídicas en materia de derechos humanos de las mujeres. Es decir, el Protocolo establece procedimientos para las comunicaciones, las investigaciones y las quejas individuales. Permite a personas o asociaciones elevar al Comité CEDAW denuncias por violación de la Convención, cuando no encuentren en su país tutela judicial o administrativa rápida y efectiva, y al Comité abrir de oficio un procedimiento de investigación por violación grave o sistemática de la Convención.

¿Qué es el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer?

Es el mecanismo para asegurar la puesta en práctica de la Convención. La Convención impone a los Estados parte la obligación de someter Informes periódicos ante el Comité acerca de las medidas jurídicas, políticas, económicas, sociales y culturales adoptadas para cumplir con el articulado de la Convención. Los Estados Partes deben presentar un Informe al año de ratificada la Convención y luego cada cuatro años o cuando el Comité lo solicite.

El Comité está integrado por 23 expertas/os que son elegidas/os mediante voto secreto de una lista de personas de gran prestigio moral y competencia en la esfera abarcada por la Convención. Dichas expertas analizan los Informes País y establecen recomendaciones de política pública a aplicar por parte de los países para cumplir con lo establecido por la Convención.  Elabora un informe anual que presenta al Consejo Económico y Social (ECOSOC).

¿Qué es un informe sombra? 

Proceso promovido por la sociedad civil para informar de manera independiente, a través de un informe alternativo, sobre las actuaciones del Estado español para cumplir con los mandatos de la Convención de las Naciones Unidas para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).

El Comité promueve que la sociedad civil también emita informes, no demasiado extensos, donde deben destacar las preocupaciones prioritarias y proponer posibles recomendaciones específicas para cada país, con miras a facilitar la labor del Comité.

Del 29 de Junio al 17 de Julio de 2015, el Estado Español será examinado por el comité CEDAW junto con Bolivia, Croacia, Gambia, Namibia, San Vicente y las Granadinas, Senegal y Vietnam.

«Nos queda mucho por andar para que la vigencia y el pleno disfrute de los Derechos Humanos de las Mujeres sea una realidad, en todas partes del mundo. Hay que continuar en la brega por alcanzar un mayor compromiso por parte de los Estados y de la sociedad, para garantizar el reconocimiento, el goce y el ejercicio de los derechos de las mujeres. Porque sin los derechos humanos de las mujeres no hay democracia, queremos una sociedad justa donde todos y todas podamos disfrutar de una VIDA DIGNA y sobre todo SER FELICES«.

Pincha aquí para leer el documento completo o visitar la página oficial del informe sombra en España

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