Urge modificar la ley de extranjería

Una nueva reforma legal se avecina: el Gobierno anuncia la modificación urgente de la Ley de Extranjería y ha puesto ya a un «grupo de expertos» a trabajar en ello.

Tras ver como se ha planteado la reforma de la Ley del Aborto, suena amenazante. La experiencia nos dice que el objetivo de estos grupos de expertos ministeriales suele consistir en introducir modificaciones legales basadas únicamente en la ideología. Si la ley Gallardón busca devolver la legislación de plazos vigente a una de supuestos todavía más restrictiva que la de 1985, también es fácil vislumbrar por dónde irán los tiros (con pelotas de goma) con esta nueva reforma legal.

Urge modificar la ley de extranjería, sí, pero para adaptarla a los instrumentos internacionales de Derechos Humanos. El derecho a la vida, por encima de todos, y en segundo término, el derecho a la libertad de circulación que establece la Declaración Universal de Derechos Humanos en su artículo 13.

Un derecho a la vida que se les niega a quienes huyen de sus países por miedos, que pueden ser a guerras, a persecución política o religiosa, pero que en la mayoría de los casos es simplemente miedo a ver morir de hambre a sus hijos e hijas.

El ministro Gallardón escuda su propuesta de reforma en querer «proteger la vida de la madre y el derecho a la maternidad», pero lo que obtendrá será todo lo contrario. Las declaraciones de Fernández Díaz apuntan ya a que la reforma busca «generar un marco garantista para los inmigrantes». Saludamos esta intención, y para evitar que ocurra algo parecido, apuntamos aquí algunas líneas para que esta reforma cumpla la finalidad con la que dice nacer:

Sr Fernández Díaz y «grupo de expertos»: para obtener ese marco garantista, la nueva Ley de Extranjería deberá tener en cuenta lo establecido en la Convención de Ginebra, que establece los derechos de las personas refugiadas.

Como saben, los flujos migratorios son mixtos: no se sabe quién huye por motivos de persecución o por motivos de pobrezaexpulsados por ejemplo de sus tierras. Entre quienes llegan a nuestras costas puede haber personas que huyen para salvar su vida, otras que hayan sido o sean víctimas de trata para la explotación sexual, etc.

En estos casos podrían ser reconocidas como refugiadas, pero actualmente no se les concede la oportunidad de averiguarlo: aún en los casos en que se cumple la Ley de Extranjería actual y se identifica a las personas migrantes antes de devolverlas, no se les pregunta los motivos por los que han dejado su país. Por favor, asegúrense de que la nueva Ley provee mecanismos que lo garanticen.

Tras los sucesos de Ceuta, Fernández Díaz ha expresado repetidamente su apoyo a la Guardia Civil, quienes, dice, «van a seguir controlando nuestras fronteras ajustándose a la legalidad nacional, comunitaria e internacional, actuando con respeto pleno como siempre (sic) a los derechos de los ciudadanos».

Pensemos que usar «ciudadanos» en vez de «seres humanos» ha sido un lapsus no intencionado, y que la futura Ley garantizará que a quienes arriban a nuestras costas se les trate como personas, tengan o no la ciudadanía. Su propia ciudadanía se lo está exigiendo, señor Ministro, y eso evitaría que se repitan escenas como ésta. Y salvará muchas vidas ciudadanas (perdón, humanas).

Para ese marco garantista de los derechos de las personas migrantes, quienes trabajen en la reforma de la ley habrán de tener en cuenta la piedra angular de la protección de los refugiados: el principio de no devolución (non refoulement), que impide devolver a un individuo a un territorio en el que su vida o libertad corran peligro. El principio de no devolución es parte del Derecho Internacional Consuetudinario, y como tal es obligatorio para todos los Estados de la comunidad internacional. Incluye también el no rechazo en frontera, y su carácter es absoluto: no admite excepción ni derogación alguna.

Así pues, si una persona que podría ser refugiada es devuelta de facto a Marruecos como sucede a menudo, España está violando el principio de no devolución si esa persona tiene riesgo, como ocurre habitualmente, de sufrir persecución o un trato inhumano o degradante al llegar a Marruecos.  De nuevo España incumple sus obligaciones internacionales, y también para esto urge esa reforma.

Quizás quienes vayan a asumir la tarea urgente encargada por el Ministro de reformar la Ley de Extranjería para «generar un marco garantista para los inmigrantes», puedan poner sobre la mesa de reuniones un post it con un apunte que les ayude a enfocarse: «Un Estado tiene el derecho a controlar sus fronteras, pero debe hacerlo respetando los pactos internacionales que ha suscrito, que están por encima de la legislación nacional. Y, por encima de todo, respetando los estándares de Derechos Humanos».

Por último, ya que la Union Europea se ha mostrado sensible a la materia, permítannos aconsejarles que cuando reciban la llamada de la Comisaria, hagan caso de sus indicaciones. Y ya de paso, podrían recomendarles que se las apliquen a su vez. Seguro que consiguen que las políticas migratorias de la Unión Europea también empiecen a hacer gala de la solidaridad y del respeto a los Derechos Humanos que figuran entre sus propios valores fundacionales.
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